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jueves, 18 de marzo de 2010

“POR EL CAMBIO” EN LAS CAJAS DE AHORROS

El Rey Lear dijo al ciego Gloucester que se podía ver como iba el mundo sin tener ojos, y le aconsejaba “mirar con las orejas”. El consejo de Shakespeare puede interpretarse como la necesidad de mirar hacia delante liberándonos de prejuicios e intentar ver las cosas aparentemente ocultas. Ser capaces de salir de nuestras más íntimas convicciones en la búsqueda del interés general.

“Necesidad de controlar las decisiones de inversión de las Cajas de Ahorro en los mercados financieros”

Las Cajas de Ahorros son en España grandes protagonistas del mercado financiero, gestionando la mitad del mercado crediticio.

Hace tres décadas se liberalizaron, lo que aprovecharon para equipararse en el quehacer diario a los bancos, siendo creativas, innovadoras y compitiendo con eficacia, lo que se tradujo en la consecución de una cómoda y sólida posición en el mercado nacional.

En el mercado financiero sus decisiones de inversión no se toman en plena igualdad con el resto de inversores, ya que las Cajas no son entidades de propiedad estatal, pero son entidades públicas, como ha sido reiteradamente afirmado por la Comisión Europea en los más de 20 años de pertenencia española a la Unión.

Las Comunidades Autónomas, Diputaciones, Ayuntamientos y Cabildos las controlan de forma intensa, y en sus órganos de Gobierno tienen presencia los sindicatos y los impositores. Son instituciones muy cercanas e influidas por la realidad política, social y económica de la ciudad o región en la que están domiciliadas.

Las decisiones de inversión de las Cajas se instrumentan a través del dinero privado de sus impositores. La adquisición de participaciones en empresas en los mercados financieros suele ser financiada más allá de sus recursos propios.

Siendo entidades públicas y operando con dinero privado, el ejercicio por las Cajas de derechos en las empresas participadas es complejo y, en ocasiones, no suficientemente transparente o predecible. Puede que satisfagan los intereses públicos con los que necesariamente están imbricadas, o los intereses privados de los depositantes de los recursos instrumentales, y de ahí pueden surgir contradicciones.

Los gestores de las Cajas, al contrario de lo que acontece con los de las sociedades anónimas, no están sometidos al mandato de actuación en el favor exclusivo de sus accionistas –los impositores en el caso-. La Ley incorpora otros criterios importantes como la obra social o los intereses públicos. Esta situación, para algunos, es dudosamente compatible con un mercado financiero amplio, complejo, fundado en la confianza de todos los intervinientes y coherente con una lógica basada en la racionalidad económica y no en la conveniencia política.

Determinadas ventajas que para el mercado del crédito ha ofrecido la Ley de Cajas no se extienden al resto de mercados financieros y, también esto algunos lo consideran peligroso.

La reciente situación económica trae causa en gran medida de importantes escándalos en los mercados financieros por los deficientes controles. Se requiere el máximo de transparencia y el máximo de responsabilidad por parte de sus actores y un importante dispositivo de control en todos los ámbitos territoriales de actuación de estos agentes cada día más globales. Es necesario, por tanto, un examen permanente de las decisiones de inversión adoptadas por quienes para dicho fin utilizan recursos ajenos.

Todo esto sugiere que las Cajas de Ahorros precisan una nueva Ley para adaptarlas con el debido rigor y especificidad a unos mercados que no se parecen a los que alumbraron su liberalización hace tres décadas.

Entretanto, las cuotas participativas de las Cajas deben de utilizarse al servicio del escrutinio de sus decisiones de inversión. Las cuotas son aportaciones dinerarias de duración indefinida efectuadas por los ahorradores a la Institución emisora que no otorgan derecho de voto directo a sus titulares y les excluye de su gobierno.

Estas singulares cuotas permiten a las Cajas acceder al ahorro público más allá de los instrumentos del depósito y cuenta corriente, y les permite superar sus limitaciones operativas en cuanto a la disposición de recursos. Estas limitaciones se habían convertido en un déficit estructural de las Cajas, lo que había restringido su capacidad de acción más allá de las fronteras nacionales.

Las cuotas participativas pueden y deben ser una herramienta de revisión por el mercado de las decisiones de las Cajas. Se considera que esto resulta imprescindible, junto a la transparencia, cuando del mercado del crédito se pasa al de las finanzas y al del control y dominio de sociedades cotizadas por las Cajas de Ahorro.

Debería exigirse la emisión y oferta pública de tales cuotas participativas a las Cajas que operan en los mercados financieros para que, por la vía de su cotización, los mercados pudieran expresar su juicio sobre las decisiones de las Cajas.

Así podrían conseguirse unos resultados más útiles y que gozarían de mayor difusión y efectividad que la consagración legal de prohibiciones, limitaciones o incremento de vigilancia administrativa sobre las Cajas.

Sobre la necesidad de adecuar las Cajas de Ahorro a las exigencias de los modernos mercados financieros, hay que destacar las aportaciones del Profesor Illescas Ortiz en la Revista “Derecho de los Negocios”.

“Las Cajas de Ahorro deben reestructurarse. Hay que impulsar las fusiones”

El debate sobre el gobierno corporativo, centrado en la necesidad de promover la transparencia, la equidad y la responsabilidad social de las empresas es un mandato del conclave londinense del G-20 al que no podemos sustraernos con planteamientos locales, sea lo amplio que sea el territorio de acción de las Cajas, incompatibles con su nueva posición en el contexto de una economía nacional en dificultades que exigirá procesos de concentración económica, y duros esfuerzos financieros a todos los españoles.

Standard & Poor's (S&P) ha rebajado la calificación de la banca española en su conjunto por el riesgo económico de España. Para la firma, los puntos más débiles del sector financiero español radican en el elevado endeudamiento del sector privado, sobre todo empresarial, en la rapidez de la expansión crediticia antes de la desaceleración económica en 2008, y en la excesiva concentración de riesgos en los segmentos de la construcción y del sector inmobiliario.

Los datos económicos apuntan a una elevada exposición de las Cajas a la actividad de construcción y promoción, lo que aconseja su fortalecimiento a través de operaciones de concentración económica.

Las operaciones de fusión entre Cajas de Ahorro son una exigencia inaplazable. Los desafíos de la crisis exigen entidades más fuertes. Las concentraciones deben conducir a la generación de entidades más eficientes en términos económicos y sociales, mucho antes que al reforzamiento indirecto del poder político regional.

Convendría que en la necesaria reforma de la Ley de Cajas se sometan las ineludibles operaciones de concentración al control del Gobierno de España, y del Banco de España, en su caso, y de la Comisión Nacional de la Competencia, eliminando las trabas regionales, aunque sea necesario y conveniente constatar la opinión de los Gobiernos regionales del ámbito territorial de las entidades concentradas y procurar su acuerdo con las decisiones finales.

La reestructuración es necesaria para servir mejor a los ciudadanos y al tejido empresarial español, que cuenta con empresas extraordinariamente eficientes que necesitaran la aportación de recursos para impulsar su presencia en el mercado nacional y en el comercio internacional. No descartemos incluso la aportación de recursos públicos a estas empresas.

“Las Cajas de Ahorro deben profesionalizarse”

A nadie se le oculta que este panorama y estos importantes desafíos de las Cajas de Ahorro reclaman la elección para su gobierno de profesionales cualificados y honorables, sean políticos o no, con capacidad y conocimiento de los entresijos de estas Instituciones y de los mercados de crédito y financieros. Debe estudiarse la oportunidad de establecer controles parlamentarios sobre la correcta capacitación profesional de los miembros de los órganos principales de gobierno de las Cajas de Ahorro.

Las Cajas de Ahorros deben ser dirigidas por profesionales tan cualificados o más que los que dirigen el resto de instituciones financieras privadas.

“El planteamiento de una tasa de responsabilidad social a los Bancos es inoportuna”

Quizás de importancia menor sea, en estos momentos, acudir a Robin Hood (Tasa Robin Hood, una variante de la Tasa Tobin apoyada por relevantes economistas) para pedir la implantación en España de una Tasa de responsabilidad social a los Bancos como causantes de la crisis. Más allá de nuestras simpatías por los proscritos del bosque de Sherwood, que lucharon contra los abusos del tirano Juan “sin tierra”, y robaban a los ricos para ayudar a los pobres, hay que recordar que no todas las entidades de crédito en España han recibido apoyo público, que la Comisión Europea ha constatado que las medidas aprobadas tienen una limitación temporal y de alcance, que requieren una remuneración al tipo de mercado, y además que incluyen incentivos para el reembolso de la participación del Estado. Y algunos interpretarán que la tasa será cumplidamente repercutida a los ciudadanos que tienen una cuenta corriente en el Banco.

“A modo de breve conclusión”

De la famosa Leyenda de Robin de los Bosques siempre me quedó la memoria de la novela de Walter Scoot (Ivanhoe), y de un Rey Ricardo Corazón de León, que procura un cierto espacio público compartido para la política para los sajones y los normandos.

Conviene mantener la cabeza fría, seamos leves, siguiendo los consejos del Rey Lear, pensemos en el interés general y hagamos una política para el fortalecimiento de nuestro sistema financiero y de las Cajas de Ahorro en particular.


LAS PROPUESTAS:


1. Impulsar un proceso de reestructuración económica y legal del sector financiero de las Cajas de Ahorros. Es necesaria una nueva Ley de Cajas que adecue estas Instituciones a los modernos mercados financieros.
2. Promover concentraciones económicas de las Cajas de Ahorro bajo la supervisión de la Comisión Nacional de la Competencia, la autorización del Gobierno de España, sin trabas regionales, y procurando el consenso de las Comunidades Autónomas donde están domiciliadas las Cajas concentradas.
3. Controlar las decisiones de inversión de las Cajas en los mercados financieros a través de los instrumentos del mercado. Hay que favorecer la emisión de cuotas participativas por las Cajas de Ahorro.
4. Los miembros de los órganos de dirección de las Cajas de Ahorro, sean políticos o no, han de ser personas de reconocida capacitación profesional en asuntos económicos y financieros. Han de establecerse controles parlamentarios sobre su capacitación profesional.


César Giner Parreño
Diputado PSM/PSOE

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